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viernes, 18 de noviembre de 2011

LA OMNIPOTENCIA DEL ESTADO ES LA NEGACIÓN DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL‏

Juan Manuel de Rosas.

 

Por Juan Bautista Alberdi*



          *Discurso pronunciado por Juan Bautista Alberdi en el acto de graduación de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, de la Universidad de Buenos Aires, el 24 de mayo de 1880. En ese acto fue nombrado Doctor Honoris Causa. Este ensayo está incluido en sus Obras Selectas.
          Al respecto dicen Jorge M. Mayer y Ernesto A. Martínez: “La Facultad de Derecho lo nombró a Alberdi miembro honorario y lo invitó a pronunciar el discurso en la ceremonia de colación de grados el 24 de mayo de 1880. Concurrió acompañado de Vicente F. López y leyó en parte su discurso: Sobre la omnipotencia del Estado, que es la negación de la libertad individual. Los alumnos contemplaban con curiosidad y respeto figura de los dos ilustres perseguidos, que con la sencilla fuerza de su espíritu tanto habían gravitado en sus destinos. Era la voz de la brillante generación de 1837 que hablaba por su intermedio, enseñando la superioridad del talento, de la virtud y de la ilustración, del esfuerzo individual sobre las turbas amorfas y alucinables”.
Bibliografía:
Mayer, Jorge M.-Martínez, Ernesto A., Cartas inéditas de Juan Bautista Alberdi a Juan María Gutiérrez y a Félix Frías, Buenos Aires, Luz del Día, 1953.
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“Una de las raíces más profundas de nuestras tiranías modernas en Sud-América es la noción greco-romana del patriotismo y de la Patria, que debemos a la educación medio clásica que nuestras universidades han copiado a la Francia. La Patria, tal como la entendían los griegos y los romanos, era esencial y radicalmente opuesta a lo que por tal entendemos en nuestros tiempos y sociedades modernas. Era una institución de origen y carácter religioso y santo, equivalente a lo que es hoy la Iglesia, por no decir más santo que ella, pues era la asociación de las almas, de las personas y de los intereses de sus miembros. Su poder era omnipotente y sin límites respecto de los individuos de que se  componía.
   La Patria, así entendida, era y tenía que ser la negación de la libertad individual, en la que cifran la libertad todas las sociedades modernas que son realmente libres. El hombre individual se debía todo entero a la Patria; le debía su alma, su persona, su voluntad, su fortuna, su vida, su familia, su honor. Reservar a la Patria alguna de esas cosas, era traicionarla; era como un acto de impiedad.        
  Según estas ideas, el patriotismo era no sólo conciliable, sino idéntico y el mismo que el despotismo más absoluto y omnímodo en el orden social. La gran revolución que trajo el cristianismo en las nociones del hombre, de Dios, de la familia, de la sociedad toda entera, cambió radical y diametralmente las bases del sistema social greco-romano. Sin embargo, el renacimiento de la civilización antigua de entre las ruinas del Imperio Romano y la formación de los Estados modernos, conservaron o revivieron los cimientos de la civilización pasada y muerta, no ya en el interés de los Estados mismos, todavía informes, sino en la majestad de sus gobernantes, en quienes se personificaban la majestad, la omnipotencia y autoridad de la Patria. De ahí el despotismo de los reyes absolutos que surgieron de la feudalidad de la Europa regenerada por el cristianismo.  
  El Estado, o la Patria, continuó siendo omnipotente respecto de la persona de cada uno de sus miembros; pero la Patria personificada en sus monarcas o soberanos, no en sus pueblos.La omnipotencia de los reyes tomó el lugar de la omnipotencia del Estado o de la Patria. Los que no dijeron: "EI Estado soy yo", lo pensaron y creyeron como el que lo dijo. Sublevados contra los reyes los pueblos, los reemplazaron en el ejercicio del poder de la Patria, que al fin era más legítimo en cuanto a su origen. La soberanía del pueblo tomó el lugar de la soberanía de los monarcas aunque teóricamente. La Patria fue todo y el único poder de derecho, pero conservando la índole originaria de su poder absoluto y omnímodo sobre la persona de cada uno de sus miembros; la omnipotencia de la Patria misma siguió siendo la negación de la libertad del individuo en la república, como lo había sido en la monarquía; y la sociedad cristiana y moderna, en que el hombre y sus derechos son teóricamente lo principal, siguió en realidad gobernándose por las reglas de las sociedades antiguas y paganas, en que la Patria era la negación más absoluta de la libertad. Divorciado con la libertad, el patriotismo se unió con la gloria, entendida como los griegos y los romanos la entendieron.                                              Esta es la condición presente de las sociedades de origen greco-romano en ambos  mundos. Sus individuos, más bien que libres, son los siervos de la Patria. La Patria es libre, en cuanto no depende del extranjero: pero el individuo carece de libertad, en cuanto depende del Estado de un modo omnímodo y absoluto. La Patria es libre, en cuanto absorbe y monopoliza las libertades de todos sus individuos; pero sus individuos no lo son porque el Gobierno les tiene todas sus libertades. Tal es el régimen social que ha producido la Revolución Francesa, y tal la sociedad política que en la América greco-latina de raza han producido el ejemplo y repetición, que dura hasta el presente, de la Revolución Francesa. 
 El "Contrato social" de Rousseau, convertido en catecismo de nuestra revolución por su ilustre corifeo el doctor Moreno(a), ha gobernado a nuestra sociedad, en que el ciudadano ha seguido siendo una pertenencia del Estado o de la Patria, encarnada y personificada en sus Gobiernos, como representantes naturales de la majestad del Estado omnipotente. La omnipotencia del Estado, ejercida según las reglas de las sociedades antiguas de Grecia y Roma, ha sido la razón de ser de sus representantes los Gobiernos, llamados libres sólo porque dejaron de emanar del extranjero. Otro fue el destino y la condición de la sociedad que puebla la América del Norte. Esa sociedad, radicalmente diferente de la nuestra, debió al origen transatlántico de sus habitantes sajones la dirección y complexión de su régimen político de gobierno, en que la libertad de la patria tuvo por límite la libertad sagrada del individuo. Los derechos del hombre equilibraron allí en su valor a los derechos de la Patria, y si el Estado fue libre del extranjero, los individuos no lo fueron menos respecto del Estado. Eso fue en Europa la sociedad anglo-sajona y eso fue en Norte-América la sociedad anglo-americana, caracterizadas ambas por el desarrollo soberano de la libertad individual, más que por la libertad exterior o independencia del Estado, debida mayormente a su geografía insular en Inglaterra y a su aislamiento transatlántico en Estados Unidos.
  La libertad en ambos pueblos sajones no consistió en ser independiente del extranjero, sino en ser cada ciudadano independiente de su Gobierno patrio. Los hombres fueron libres porque el Estado, el poder de su Gobierno no fue omnipotente, y el Estado tuvo un poder limitado por la esfera de la libertad o el poder de sus miembros a causa de que su Gobierno no tuvo por modelo el de las sociedades griega y romana. Montesquieu ha dicho que la Constitución inglesa salió de los bosques de la Germania, en lo que tal vez quiso decir que los destructores germanos del imperio romano fueron libres porque su Gobierno no fue de origen ni tipo latino.              
  A la libertad del individuo, que es la libertad por excelencia, debieron los pueblos del Norte la opulencia que los distingue. Los pueblos del Norte no han debido su opulencia y grandeza al poder de sus Gobiernos, si no al poder de sus individuos. Son el producto del egoísmo más que del patriotismo. Haciendo su propia grandeza particular, cada individuo contribuyó a labrar la de su país.[1] Este aviso interesa altamente a la salvación de las Repúblicas americanas de origen latino. Sus destinos futuros deberán su salvación al individualismo, o no los verán jamás salvados si esperan que alguien los salve por patriotismo. El egoísmo bien entendido de los ciudadanos sólo es un vicio para el egoísmo de los Gobiernos que personifican a los Estados. En realidad, el afán del propio engrandecimiento es el afán virtuoso de la propia grandeza del individuo, como factor fundamental que es del orden social, de la familia, de la propiedad, del hogar, del poder y bienestar de cada hombre. Las sociedades que esperan su felicidad de la mano de sus Gobiernos esperan una cosa que es contraria a la naturaleza. Por la naturaleza de las cosas, cada hombre tiene el encargo providencial de su propio bienestar y progreso, porque nadie puede amar el engrandecimiento de otro como el suyo propio; no hay medio más poderoso y eficaz de hacer la grandeza del cuerpo social que dejar a cada uno de sus miembros individuales el cuidado y poder pleno de labrar su personal engrandecimiento. Ese es el orden de la naturaleza, y por eso es el mejor y más fecundo en bienes reales. De ello es un testimonio la historia de las sociedades sajonas del Norte de ambos mundos. Los Estados son ricos por la labor de sus individuos, y su labor es fecunda porque el hombre es libre, es decir, dueño y señor de su persona, de sus bienes, de su vida, de su hogar. Cuando el pueblo de esas sociedades necesita alguna obra o mejoramiento de público interés, sus hombres se miran unos a otros, se buscan, se reúnen, discuten, ponen de acuerdo sus voluntades y obran por sí mismos en la ejecución del trabajo que sus comunes intereses necesitan ver satisfecho. En los pueblos latinos de origen los individuos que necesitan un trabajo de mejoramiento general alzan los ojos al Gobierno, suplican, lo esperan todo de su intervención y se quedan sin agua, sin luz, sin comercio, sin puentes, sin muelles, si el Gobierno no se los da todo hecho. Pero no debemos olvidar que no fue griego ni romano todo el origen de la omnipotencia del Estado y de su Gobierno entre nosotros sudamericanos. En todo caso no sería ése sino el origen mediato, pues el inmediato origen de la omnipotencia en que se ahogan nuestras libertades individuales fue el organismo que España dio a sus Estados coloniales en el Nuevo Mundo, cuyo organismo no fue diferente en ese punto del que España se dio a sí misma en el Viejo Mundo.
  Así, la raíz y origen de nuestras tiranías modernas en Sud-América es no solamente nuestro origen remoto o greco-romano, sino también nuestro origen inmediato y moderno de carácter español. La España nos dio la complexión que debía ella misma a su pasado de colonia romana que fue antes de ser provincia romana. La Patria en sus nociones territoriales absorbió siempre al individuo y se personificó en sus gobiernos el derecho divino y sagrado que eclipsaron del todo los derechos del hombre. La omnipotencia del Estado o el poder omnímodo e ilimitado de la Patria respecto de los individuos que son sus miembros tiene por consecuencia necesaria la omnipotencia del Gobierno en que el Estado se personifica, es decir, el despotismo puro y simple. Y no hay más medio de conseguir que el Gobierno deje o no llegue a ser omnipotente sobre los individuos de que el Estado se compone, sino haciendo que el Estado mismo deje de ser ilimitado en su poder respecto del individuo, factor elemental de su pueblo. Un ejemplo de esto: cuando el gobernador de Buenos Aires recibió en 1835 de los representantes del Estado la suma de sus poderes públicos, no lo tuvo por la ley, que aparentó discernírselo. La ley, lejos de ser causa y origen de ese poder, tuvo por razón de ser y causa a ese poder mismo que ya existía en manos del jefe del Estado omnipotente por la Ordenanza de Intendentes, constitución española del Virreynato de Buenos Aires, según cuyas palabras, debía continuar el Virrey gobernador y capitán general con el poder omnímodo y las facultades extraordinarias que le daban esa constitución y las Leyes de Indias de su referencia. La contextura que el Gobierno hispano-argentino recibió de esa legislación es la que sus leyes ulteriores de la revolución no han reconstruido de hecho hasta hoy en ese punto; y la República como el virreynato colonial, siguió entendiendo el poder de la Patria sobre sus miembros como lo entendieron las antiguas sociedades de Grecia y de Roma. A pesar de nuestras constituciones modernas, copiadas de las que gobiernan a los países libres de origen sajón, a ningún liberal le ocurriría entre nosotros dudar de que el derecho del individuo debe inclinarse y ceder ante el derecho del Estado en ciertos casos. La República, por tanto, continuó siendo en este punto gobernada para provecho de los poderes públicos que han reemplazado al poder especial que le dio, siendo su colonia, la contextura y complexión que convenía a su real e imperial beneficio. La corona de España no fundó sus colonias de América para hacer la riqueza y poder de sus colonos, sino para hacer su negocio y poder propio de la corona misma. Pero para que esta mira no degenerase en un sistema capaz de dar la riqueza y el poder a los colonos, en lugar de darlos al monarca, la colonia recibió la Constitución social y política que debía de hacer a su pueblo un mero instrumento del Real patrimonio, un simple productor fiscal de cuenta de su Gobierno y para su real beneficio. Sin duda que las Constituciones que regularon después la conducta del Gobierno de la República calificaron de crimen legislativo el acto de dar poderes extraordinarios y omnímodos a sus gobernantes; pero esa magnífica disposición no impidió que la suma de todos los poderes y fuerzas económicas del país quedasen de hecho a la discreción del Gobierno, que puede usar de él por mil medios indirectos. ¿Cómo así? Si dejáis en manos de la Patria, es decir, del Estado, la suma del poder público, dejáis en manos del Gobierno que representa y obra por el Estado esa suma entera del poder público.
  Si lo hacéis por una Constitución, esa Constitución será una máquina productora de un despotismo tiránico que no dejará de aparecer a su tiempo, por la mera razón de existir la máquina que le servirá de causa y ocasión suficiente. Por Constitución entiendo aquí, no la ley escrita a que damos este nombre, sino la complexión o construcción real de la máquina del Estado. Si esta máquina es un hecho de la historia del país, en vano la Constitución escrita pretenderá limitar los poderes del Estado respecto del derecho de sus individuos; en el hecho esos poderes seguirán siendo omnipotentes. Son testimonio confirmatorio de esa observación los Gobiernos republicanos que han reemplazado en la dirección del reciente y moderno Estado al que lo fundó, organizó y condujo por siglos como colonia perteneciente a un Gobierno absoluto y omnímodo. Mientras la máquina que hace omnipotente el poder del Estado exista viva y palpitante de hecho, bien podría llamarse República libre y representativa por su Constitución escrita: su Constitución histórica y real, guardada en sus entrañas, la hará ser siempre una colonia o patrimonio del Gobierno republicano, sucesor de su Gobierno realista y pasado. El primer deber de una gran revolución, hecha con la pretensión de cambiar de régimen social de gobierno, es cambiar la contextura social que tuvo por objeto hacer del pueblo colonial una máquina fiscal productora de fuerza y de provecho en servicio de su dueño y fundador metropolitano. De otro modo, las rentas y productos de la tierra y del trabajo anual del pueblo seguirían yendo bajo la república nominal adonde fuesen bajo la monarquía efectiva: ¿adónde, por ejemplo?; a todas partes menos, a manos del pueblo. Las viejas arcas que eran recipientes del real tesoro se perderán como las aguas de un río que se derrama y resume en los campos o se disipa en acequias que van a regar los vergeles de la clase o porción del pueblo a quien ha cabido el privilegio de seguir ocupando la esfera del antiguo poder metropolitano, en lo que es el goce de los beneficios que la real máquina seguirá haciendo del suelo y trabajo del país. En las manos de esa porción o clase privilegiada del país oficial seguirá existiendo el poder y la libertad de que seguirán viéndose excluidos y privados los pueblos, sucesores nominales de los antiguos soberanos. No será el Estado, sino su representante (que es el Gobierno del Estado), el que seguirá ejerciendo y gozando la omnipotencia de los medios y poderes entregados a la Patria por la maquinaria del viejo edificio primitivo y colonial persistente. Pero dejar en manos del Gobierno de la Patria todo el poder público adjudicado a la Patria misma, es dejar a todos los ciudadanos que componen el pueblo de la Patria sin el poder individual en que consiste la libertad individual, que es toda y la real libertad de los países que se gobiernan, que se educan, que se enriquecen y engrandecen así mismos, por la mano de sus particulares, no de sus Gobiernos. "Los antiguos", dice Coulanges, "habían dado tal poder al Estado, que el día en que un tirano tomaba en sus manos esta omnipotencia, los hombres no tenían ya ninguna garantía contra él, y él era realmente el señor de su vida y de su fortuna." De las consideraciones que preceden se deduce que el despotismo y la tiranía frecuente de los países de Sud-América, no residen en el déspota y en el tirano, sino en la máquina o construcción mecánica del Estado, por la cual todo el poder de sus individuos, refundido y condensado, cede en provecho de su Gobierno y queda en manos de su institución. El déspota y el tirano son el efecto y el resultado, no la causa de la omnipotencia de los medios y fuerzas económicas del país puestas en poder del establecimiento de su Gobierno y del círculo personal que personifican al Estado por la maquinaria del Estado mismo. Sumergida y ahogada la libertad de los individuos en ese caudal de poder público ilimitado y omnipotente, resulta de ello que la tiranía de la Patria, omnímoda y omnipotente, es ejercida en nombre de un patriotismo tras del cual vive eclipsada la libertad del individuo, que es la libertad patriótica por excelencia. Así se explica que en las sociedades antiguas de la Grecia y de Italia, en que ese orden de cosas era de ley fundamental, las libertades individuales de vida, de conducta, de pensamiento, la opinión, fueron del todo desconocidas. El patriotismo tenía entonces en esas sociedades el lugar que tiene elliberalismo en las sociedades actuales de tipo y de origen sajón. El despotismo recibía su sanción y excusa del patriotismo del Gobierno omnipotente en que la Patria estaba personificada. La razón de esa omnipotencia de la Patria entre los antiguos es digna de tenerse siempre presente por los pueblos modernos, que toman por modelos a esos organismos muertos, de índole, de principios y de propósitos radical y esencialmente opuestos. 
 ¿Qué era, en efecto, la Patria y el patriotismo, en el sistema social y político de las antiguas sociedades de Grecia y Roma? Insistamos en explicarlo.   La palabra Patria, entre los antiguos, según De Coulanges, significaba la tierra de los padres, tierra Patria. La patria de cada hombre, era la parte del suelo que su religión doméstica o nacional había santificado, la tierra en que estaban depositadas las osamentas de sus antecesores y que estaban ocupadas por sus almas. Tierra sagrada de la Patria, decían los griegos. Ese suelo era literalmente sagrado para el hombre de ese tiempo, porque estaba habitado por sus dioses. Estado, Patria, Ciudad, estas palabras no eran una mera abstracción como en los modernos; representaban realmente todo un conjunto de divinidades locales, con un culto de todos los días y creencias poderosas sobre el alma. Sólo así se explica el patriotismo entre los antiguos; sentimiento enérgico que era para ellos la virtud suprema en que todas las virtudes venían a refundirse. Una Patria semejante no era para el hombre un mero domicilio. La patria tenía ligado al hombre por vínculo sagrado. Tenía que amarla como se ama a una religión, obedecerla como se obedece a Dios, darse a ella todo entero, cifrar todo en ella, consagrarle su ser. El griego y el romano no morían por desprendimiento en obsequio de un hombre, o por punto de honor; pero a su Patria le debían su vida. Porque si la Patria era atacada, es su religión la que se ataca, decían ellos. Combatían verdaderamente por sus altares, por sus hogares pro aris et focis(b); porque si el enemigo se amparaba de la ciudad, sus altares eran derribados, sus fogones extinguidos, sus tumbas profanadas, sus dioses destruidos, su culto despedazado. El amor a la Patria era la piedad misma de los antiguos. Para ellos, Dios no estaba en todas partes. Los dioses de cada hombre eran aquellos que habitaban su casa, su ciudad, su cantón.[2] El desterrado dejando a su Patria tras sí, dejaba también sus dioses. Pero como la religión era la fuente de que emanaban sus derechos civiles, el desterrado perdía todo esto, perdiendo la religión de su país por el hecho de su destierro, no tenía ya derecho de propiedad. Sus bienes eran todos confiscados en provecho de los dioses y del Estado. No teniendo culto no tenía ya familia, dejaba de ser marido y padre. El destierro de la Patria no parecía un suplicio más tolerable que la muerte. 
  Los jurisconsultos romanos le llamaban pena capital.[3]  ¿De dónde nacían estas nociones sobre Patria y patriotismo? Era que la ciudad había sido fundada en una religión y constituida como una iglesia. De ahí la fuerza, la omnipotencia y absoluto imperio que la Patria ejercía sobre sus miembros. Se concibe que en una sociedad establecida sobre tales principios la libertad individual no pudiese existir. No había nada en el hombre que fuese independiente. Ni su vida privada escapaba a esta omnipotencia del Estado. Los antiguos no conocían, pues, ni la libertad de la vida privada, ni la libertad de educación, ni la libertad religiosa. La persona humana era contada por muy poca cosa delante de esa autoridad santa y casi divina que se llamaba la Patria o el Estado. No era extraño, según estos precedentes históricos, que, tergiversados en su sentido, indujesen a los revolucionarios franceses del siglo pasado, imitadores inconscientes de la antigua sociedad de Grecia y de Roma, imitasen con exaltación esos modelos muertos. La funesta máxima revolucionaria de que la salud del Estado es la ley suprema de la sociedad, fue formulada por la antigüedad griega y romana.
  Se pensaba entonces que el derecho, la justicia, la moral, todo debía ceder ante el interés de la Patria. No ha habido, pues, un error más grande que el de creer que en las ciudades antiguas el hombre disfrutara de la libertad. Ni la idea siquiera tenían de ella. No creían que pudiese existir derecho alguno en oposición a la ciudad y sus dioses. Es verdad que revoluciones ulteriores cambiaron esa forma de Gobierno; pero la naturaleza del Estado quedó casi la misma. El Gobierno se llamó sucesivamente monarquía, aristocracia, democracia; pero ninguna de esas revoluciones dio a los hombres la verdadera libertad, que es la libertad individual. Tener derechos políticos, votar, nombrar o elegir magistrados, poder ser uno de ellos, es todo lo que se llamaba libertad; pero el hombre no continuaba menos avasallado al Estado que antes lo estuvo. Concíbese que hablando de una antigüedad tan remota y desconocida, con esta seguridad, yo me apoyé en autoridades que han hecho una especialidad de su estudio casi técnico. La que dejé explicada, por ejemplo, pertenece a una de las más grandes capacidades de la Escuela Normal de Francia. No es que la erudición alemana sea menos competente para interpretar a la antigüedad en materia de instituciones sociales, sino que la de un país latino, como Francia, es más comprensible para la América del mismo origen, que ha imitado en su revolución sus mismos errores y caído en sus mismos escollos, de que la ciencia moderna de los franceses comienza a darse cuenta por la pluma de pensadores como A. de Tocqueville, de Coulanges, de Taine, desde algunos años a esta parte. Pero ahí no quedaron las cosas del naciente orden de las sociedades civilizadas de la Europa cristiana. 
     Ya desde antes que la grande y definitiva religión produjese como su obra a la sociedad moderna, la misma sociedad antigua había empezado a cambiar con la madurez y progreso natural de las ideas, sus instituciones y reglas de gobierno. De esto, sin embargo, parecen no darse bastante cuenta los pueblos actuales que han buscado en la restauración o renacimiento de la antigüedad civilizada los elementos y base de organización de la sociedad moderna. El Estado había estado ligado estrechamente a la religión, procedía de ella y se confundía con ella. Por eso es que en la ciudad primitiva todas las instituciones políticas habían sido instituciones religiosas.[4] Las fiestas habían sido ceremonias del culto; las leyes habían sido fórmulas sagradas; los reyes y los magistrados habían sido sacerdotes. Es por eso mismo que la libertad individual había sido desconocida y que el hombre no había podido sustraer su conciencia misma a la omnipotencia de la ciudad. Es por ello, en fin, que el Estado había quedado limitado a las proporciones de una villa, sin poder salvar el recinto que sus dioses nacionales le habían trazado en su origen. Cada ciudad tenia no sólo su independencia, sino también su culto y su código. La religión, el derecho, el gobierno, todo era municipal. La ciudad era la única fuerza viva; nada otra cosa más arriba, nada más abajo; es decir, ni unidad nacional, ni libertad individual.  
    Pero este régimen desapareció con el desarrollo del espíritu humano, y el principio de la asociación de los hombres, una vez cambiado, tanto el gobierno como la religión y el derecho perdieron ese carácter municipal que habían tenido en la antigüedad. Un nuevo principio, la filosofía de los estoicos, ensanchando las nociones de la humana asociación, emancipó al individuo. No quiso ya que la persona humana fuese sacrificada al Estado. Este gran principio, que la antigua ciudad había desconocido, debía ser un día la más santa de las reglas de la política de todos los tiempos. Se comenzó entonces a comprender que había otros deberes hacia la Patria o el Estado; otras virtudes que las virtudes cívicas. El alma se ligó a otros objetos que a la Patria. La ciudad antigua había sido tan poderosa y tan tiránica, que de ella había hecho el hombre el fin de todo su trabajo y de todas sus virtudes; la Patria había sido la regla de lo bello y de lo humano, y no había heroísmo sino para ella. En medio de los cambios que se habían producido en las instituciones, en las costumbres, en las creencias, en el derecho, el patriotismo mismo había cambiado de naturaleza, y es una de las cosas que más contribuyeron a los grandes progresos de Roma. No hay que olvidar lo que había sido el sentimiento del patriotismo en la primera edad de las ciudades griegas y romanas. Formaba parte de la religión de aquellos tiempos; se amaba a la Patria porque se amaba a sus dioses protectores, porque en ella se hallaba su altar, un fuego divino, fiestas, plegarias, himnos, y porque fuera de la Patria no había ni dioses ni culto. Tal patrio-sistema era una fe, un sentimiento piadoso. Pero cuando la casta sacerdotal perdió su dominación, esa clase de patriotismo desapareció de la ciudad con ella. El amor de la ciudad no pereció, pero tomó una forma nueva. No se amó ya a la Patria por su religión y sus dioses: se la amó solamente por sus leyes, por sus instituciones, por los derechos y la seguridad que ella acordaba a sus miembros. Ese patriotismo nuevo no tuvo los efectos que el de los viejos tiempos. Como el corazón no se apegaba ya al altar, a los dioses protectores, al suelo sagrado, sino únicamente a las instituciones y a las leyes, que en el estado de estabilidad en que todas las ideas se encontraban entonces cambiaban frecuentemente, el patriotismo se volvió un sentimiento variable e inconstante, que dependió de las circunstancias y estuvo sujeto a iguales fluctuaciones que el gobierno mismo. Ya no se amó la Patria sino en tanto que se amaba el régimen político que prevalecía en ella a la sazón. El que encontraba malas sus leyes no tenía ya vínculo que lo apegase a ella. 
    El patriotismo municipal se debilitó de ese modo y pereció en las almas. La opinión de cada uno le fue más sagrada que su Patria, y el triunfo de su partido le vino a ser más caro que la grandeza o gloria de su ciudad. Cada uno vino a preferir sobre su ciudad natal, si allí no hallaba las instituciones que él amaba, a tal otra ciudad en que veía esas instituciones en vigor. Entonces se comenzó a emigrar más voluntariamente, se temió menos el destierro. Ya no se pensaba en los dioses protectores y se acostumbraban fácilmente a separarse de la Patria. Se buscó la alianza de una ciudad enemiga para hacer triunfar su partido en la propia. Pocos griegos había que no estuviesen prontos a sacrificar la independencia municipal para tener la constitución que ellos preferían.
    En cuanto a los hombres honestos y escrupulosos, las disensiones perpetuas de que eran testigos les daban el disgusto del régimen local o municipal. No podían, en efecto, gustar de una forma de sociedad en que era preciso batirse todos los días, en que el pobre y el rico estaban siempre en guerra. Se empezaba a sentir la necesidad de salir del sistema municipal para llegar a otra forma de gobierno que el de la ciudad o local. Muchos hombres pensaban, al menos, en establecer más arriba de las ciudades una especie de poder soberano que velase en el mantenimiento del orden y que obligase a esas pequeñas ciudades turbulentas a vivir en paz.    
    En Italia no se pasaban las cosas de otro modo que en Roma. Esa disposición centralista de los espíritus hicieron la fortuna de Roma, dice De Coulanges. La moral de la historia de ese tiempo es que Roma no hubiese alcanzado la grandeza que la puso a la cabeza del mundo, si no hubiese salido del espíritu local o municipal, y si el patriotismo nacional no hubiese reemplazado al patriotismo local o provincial.[5] Así se diseñaban dos cambios en el prospecto de la humanidad, que debían conducir a la concepción de una autoridad nacional y suprema, más alta que la del estado municipal y que la libertad del hombre erigida en faz de la Patria y del Estado, como formando un contrafuerte de su edificio. Así el patriotismo grande ni chico no marcó el último progreso de la humana sociedad. Faltaba la aparición y el reinado del individualismo, es decir, de la libertad del hombre, levantada y establecida a la faz de la Patria y del patriotismo, como existiendo con ellos armónicamente. Fue el carácter y distintivo que las sociedades libres y modernas tomaron del espíritu y de la influencia del cristianismo, fuente y origen de la moderna libertad humana, que ha transformado al mundo. Se puede decir con verdad que la sociedad de nuestros días debe al individualismo, así entendido, los progresos de su civilización. En este sentido, no es temerario establecer que el mundo civilizado y libre es la obra del egoísmo individual, cristianamente entendido: Ama a Dios sobre todo, enseñó él, y a tu prójimo como a ti mismo, santificando de este modo el amor de sí a la par del amor del hombre. No son las libertades de la Patria las que han engrandecido a las naciones modernas, sino las libertades individuales con que el hombre ha creado y labrado su propia grandeza personal, factor elemental de la grandeza de las naciones realmente grandes y libres, que son las del Norte de ambos mundos. "La iniciativa privada ha hecho mucho y bien" dice Herbert Spencer. "La iniciativa privada ha desmontado, desaguado, fertilizado nuestras campiñas y edificado nuestras ciudades; ella ha descubierto y explotado minas, trazado rutas, abierto canales, construido caminos de hierro con sus trabajos de arte; ella ha inventado y llevado a su perfección el arado, el oficio de tejer, la máquina de vapor, la prensa, innumerables máquinas; ha construido nuestros bajeles, nuestras inmensas manufacturas, los recipientes de nuestros puertos; ella ha formado los Bancos, las Compañías de seguros, los periódicos, ha cubierto la mar de una red de líneas de vapor, y la tierra de una red eléctrica. La iniciativa privada ha conducido la agricultura, la industria y el comercio a la prosperidad presente, y actualmente la impele en la misma vía con rapidez creciente. ¿Por eso desconfiáis de la iniciativa privada?"[6] 
     Todo eso ha sido hecho por el egoísmo, es decir, por el individualismo, tanto en Inglaterra como en nuestra América más o menos. Todo al menos puede ser hecho en nuestros países por esos mismos egoístas de la Europa entrados en nuestro suelo como emigrados, a condición de que les demos aquí la libertad individual, es decir, la seguridad que allí tienen por las leyes (porque esa libertad allí significa seguridad, si Montesquieu no ha entendido mal las instituciones inglesas). ¿Acaso en nuestro país mismo ha sucedido otra cosa que en Inglaterra? ¿A quién si no a la iniciativa privada es debida la opulencia de nuestra industria rural, que es el manantial de la fortuna del Estado y de los particulares. ¿Han hecho más por ella nuestros mejores Gobiernos, que la energía, perseverancia y buena conducta de nuestros agricultores afamados a justo título? Si hay estatuas que se echen de menos en nuestras plazas son las de esos modestos obreros de nuestra grandeza rural, sin la cual fuera estéril la gloria de nuestra independencia nacional. Al contrario ha sucedido con frecuencia: toda la cooperación que el Estado ha podido dar al progreso de nuestra riqueza debía consistir en la seguridad y en la defensa de las garantías protectoras de las vidas, personas, propiedades, industria y paz de sus habitantes; pero eso es cabalmente lo que ha interrumpido las frecuentes guerras y revoluciones, que no han sido obra de los particulares. Las más veces en Sud-América las revoluciones y asonadas son oficiales, es decir, productos de la iniciativa del Estado. Después de leer el discípulo, leamos al maestro de Herbert Spencer -al autor de la Riqueza de las Naciones-, Adam Smith, que la ve nacer toda entera en su formación natural de la iniciativa inteligente y libre de los individuos: "Es a veces la prodigalidad y la mala conducta pública, jamás la de los particulares, las que empobrecen a una nación. Todo o casi todo el rédito público es empleado en muchos países en el sostén de gentes no productoras. Tales son esas que componen una corte numerosa y brillante, un grande establecimiento eclesiástico, grandes escuadras y grandes ejércitos, que en tiempos de paz no producen nada, y que en tiempo de guerra no adquieren nada que pueda compensar solamente lo que cuesta su mantenimiento mientras ella dura. Allí todas las gentes que no producen nada por sí mismas son mantenidas por el producto del trabajo de los otros". "El esfuerzo constante, uniforme y no interrumpido de cada particular para mejorar su condición, principio de donde emana originariamente la opulencia pública y nacional, tanto como la opulencia particular, es a menudo bastante fuerte para hacer marchar las cosas de mejor en mejor, y para mantener en progreso natural, a pesar de la extravagancia del gobierno y de los más grandes errores de la administración".
   "Semejante al principio desconocido de la vida animal, él restaura comúnmente la salud y el vigor de la constitución, en despique no solamente de la enfermedad sino de las absurdas recetas del médico.[7] "EI producto anual de sus tierras y de su trabajo (de Inglaterra) es sin contradicción mucho más grande al presente, que no lo era en tiempo de la restauración o de la revolución. El capital empleado en cultivar esas tierras y en hacer marchar ese trabajo debe, pues, ser igualmente mucho más grande. En medio de todas las exacciones del Gobierno, ese capital se ha acumulado en silencio y gradualmente, por la economía y la buena conducta particular de los individuos y por el esfuerzo universal, continuo y no interrumpido, que han hecho ellos para mejorar su condición". "Este esfuerzo, protegido por las leyes y por la libertad de emplear su energía de la manera más ventajosa, es lo que ha sostenido los progresos de la Inglaterra hacia la opulencia y a la mejora en casi todas las épocas que han precedido, y lo que los sostendrán todavía, como es de esperar, en todos los tiempos que se sucederán".
  Resulta de las observaciones contenidas en este estudio que lo que entendemos por Patria y patriotismo habitualmente son bases y puntos de partida muy peligrosos para la organización de un país libre, por lejos de conducir a la libertad, puede llevarnos al polo opuesto, es decir, al despotismo, por poco que el camino se equivoque. Es muy simple el camino por donde el extremo amor a la Patria puede alejar de la libertad del hombre y conducir al despotismo patrio del Estado. El que ama a la Patria sobre todas las cosas no está lejos de darle todos los poderes y hacerla omnipotente Pero la omnipotencia de la Patria o del Estado es la exclusión y negación de la libertad individual, es decir, de la libertad del hombre, que no es en sí misma sino un poder moderador del poder del Estado. La libertad individual es el límite sagrado en que termina la autoridad de la Patria. La omnipotencia de la Patria o del Estado es toda la causa y razón de ser de la omnipotencia del gobierno de la Patria, que le sirve de personificación o representación en la acción de su poder soberano. Así es como se ha visto invocar el patriotismo y la Patria a la Convención francesa de 1793 y a la Dictadura de Buenos Aires de 1840, en todas las violencias con que han sido holladas las libertades individuales del hombre para el uso y posesión de su vida, de su hogar, de su opinión, de su palabra, de su voto, de su conducta, de su domicilio y locomoción. Todos los crímenes públicos contra la libertad del hombre han podido ser cometidos; no sólo impune, sino legalmente, en nombre de la Patria omnipotente, invocada por su gobierno omnímodo. La libertad del hombre puede ser no solamente incompatible con la libertad de la Patria, sino que la primera puede ser desconocida y devorada por la otra. Son dos libertades diferentes que a menudo están reñidas y en divorcio. La libertad de la Patria es la independencia respecto de todo país extranjero. La libertad del hombre es la independencia del individuo respecto del gobierno de su país propio. La libertad de la Patria es compatible con la más grande tiranía, y pueden coexistir en el mismo país. La libertad del individuo deja de existir por el hecho mismo de asumir la Patria la omnipotencia del país. La libertad individual significa literalmente ausencia de todo poder omnipotente y omnímodo en el Estado y en el gobierno del Estado. Las dos libertades no son igualmente fecundas en su poder fecundante de la civilización y del progreso de las naciones. La omnipotencia o despotismo de la Patria, para ser fecundo en bienes públicos, necesita dos cosas: Primera, ser ilustrado; segunda, ser honesto y justo. En Estados nuevos, que ensayan recién la constitución de sus gobiernos libres, la omnipotencia de la Patria es estéril, y la de su gobierno es destructora. La libertad del individuo en tales casos es la madre y nodriza de todos los adelantos del país, porque su pueblo abunda en extranjeros inmigrados que han traído al país la inteligencia y la buena voluntad de mejorar su condición individual mediante la libertad individual que sus leyes le prometen y aseguran. En países que han sido colonias de gobiernos de nueva creación son débiles e ininteligentes para labrar el progreso de su civilización. La omnipotencia de la patria es excluyente no sólo de toda libertad, sino de todo progreso público, porque el obrero favorito de este progreso es el individuo particular que sabe usar de su energía y de su poder naturales, para conservar y mejorar su persona, su fortuna y su condición de hombre civilizado. Ahora bien, como la masa o conjunto de esos individuos particulares es lo que se denomina pueblo en acepción vulgar de esta palabra, se sigue que es el pueblo y no el Gobierno a quien está entregado por las condiciones de la sociedad sudamericana, la obra gradual de su progreso y civilización. Y la máquina favorita del pueblo para llevar a cabo esa elaboración es la libertad civil o social distribuida por igual entre sus individuos nativos y extranjeros, que forman la asociación o pueblo sudamericano. 
     Si esta ley natural y fatal de propio engrandecimiento individual se denomina egoísmo, forzoso es admitir que el egoísmo está llamado a preceder al patriotismo en la jerarquía de los obreros y servidores del progreso nacional. Los adelantos del país deben marchar necesariamente en proporción directa del número de sus egoístas inteligentes, laboriosos y enérgicos, y de las facilidades y garantías que su egoísmo fecundo y civilizador encuentra para ejercerse y desenvolverse. La sociedad sudamericana estaría salvada y asegurada en su porvenir de libertad y de progreso, desde que fuese el egoísmo inteligente y no el patriotismo egoísta el llamado a construir y edificar el edificio de las Repúblicas de Sud-América. Y como no es natural que el egoísmo sano descuide el trabajo de su propio engrandecimiento individual, so pena de dañar a su interés cardinal, se puede decir con verdad perfecta que el progreso futuro de Sud-América está garantizado y asegurado por el hecho de quedar bajo el protectorado vigilante del egoísmo individual que nunca duerme. La omnipotencia de la patria, convertida fatalmente en omnipotencia del Gobierno en que ella se personaliza, es no solamente la negación de la libertad, sino también la negación del progreso social, porque ella suprime la iniciativa privada en la obra de ese progreso. 
     El Estado absorbe toda la actividad de los individuos, cuando tiene absorbidos todos sus medios y trabajos de mejoramiento. Para llevar a cabo la absorción, el Estado engancha en las filas de sus empleados a los individuos que serían más capaces entregados a sí mismos. En todo interviene el Estado y todo se hace por su iniciativa en la gestión de sus intereses públicos. El Estado se hace fabricante, constructor, empresario, banquero, comerciante, editor y se distrae así de su mandato esencial y único, que es proteger a los individuos de que se compone contra toda agresión interna y externa. En todas las funciones que no son de la esencia del Gobierno, obra como un ignorante y como un concurrente dañino de los particulares, empeorando el servicio del país, lejos de servirlo mejor. La materia o servicio de la administración pública se vuelve industria y oficio de vivir para la mitad de los individuos de que se compone la sociedad. El ejercicio de esa industria administrativa y política, que es mero oficio de vivir, toma el nombre de patriotismo, pues toma el aire de servicio a la Patria el servicio que cada individuo se hace hacer por la patria para vivir. Naturalmente toma entonces el semblante de amor a la Patria -gran sentimiento desinteresado por esencia-, el amor a la mano que procura el pan de que se vive. ¿Cómo no amar a la Patria como a su vida, cuando es la Patria la que hace vivir? Así, el patriotismo no es religión como en los viejos tiempos griegos y romanos, ni es siquiera superstición ni fanatismo. Es muchas veces mera hipocresía en sus pretensiones a la virtud, y en realidad una simple industria de vivir. Y como los mejores industriales, los más inteligentes y activos son los inmigrantes procedentes de los países civilizados de la Europa, y esos no pueden ejercer la industria-gobierno, por su calidad de extranjeros, el mal desempeño del industrialismo oficial viene a dañarlos a ellos, o a contener su inmigración y perjudicar a los nacionales que no tienen trabajo en los talleres privilegiados de la administración política.
    Si más de un joven, en vez de disputarse el honor de recibir un salario como empleado o agente o sirviente asalariado del Estado, prefiriese el de quedar señor de sí mismo en el gobierno de su granja o propiedad rural, la patria quedaría desde entonces colocada en el camino de su grandeza, de su libertad y de su progreso verdadero. Otro de los grandes inconvenientes de la noción romana de la Patria y del patriotismo para el desarrollo de la libertad es que como la patria era un culto religioso en su origen, ella engendraba el entusiasmo y el fanatismo, es decir, el calor y la pasión que ciegan. De ahí nuestros cantos a la Patria, entendidos de un modo místico, que han excedido a los cánticos religiosos del patriotismo antiguo y pagano. El entusiasmo, ha dicho la libre Inglaterra por la pluma de Adam Smith, es el mayor enemigo de la ciencia, fuente de toda civilización y progreso. El entusiasmo es un veneno que, como el opio, hace cerrar los ojos, y ciega el entendimiento; contra él no hay más antídoto que la ciencia, dice el rey de los economistas. En la América del Sud, envenenada con ese tósigo, el entusiasmo es una calidad recomendable, lejos de ser enfermedad peligrosa.[8] La libertad es fría y paciente del temperamento racional y reflexiva, no entusiasta, como lo demuestra el ejemplo de los pueblos sajones realmente libres. Los americanos del Norte, como los ingleses y los holandeses, tratan sus negocios políticos, no con el calor que inspiran las cosas religiosas, si no como lo más prosaico de la vida, que son los intereses que la sustentan. Jamás su calor moderno llega al fanatismo. 
  El entusiasmo engendra la retórica, el lujo del lenguaje, el tono poético, que va tan mal a los negocios, y todas las violencias de la frase, precursoras de las violencias y tiranías de la conducta. En esas pompas sonoras de la palabra escrita y hablada, que es peculiar del entusiasmo, desaparece la idea, que sólo vive de la reflexión y de la ciencia fría. De ahí es que los americanos del Norte, los ingleses y los holandeses no conocen esa poesía patriótica, esa literatura política, que se exhala en cantos de guerra, que intimidan y ahuyentan a la libertad en vez de atraerla. Los americanos del Norte no cantan la libertad, pero la practican en silencio. La libertad para ellos no es una deidad, es una herramienta ordinaria como la barreta y el martillo. Todo lo que falta a Sud-América para ser libre como los Estados Unidos es tener el temperamento frío, pacifico, manso y paciente para tratar de resolver los negocios más complicados de la política, que lo es también de los ingleses y los holandeses, el cual no excluye el calor a veces, pero no va jamás hasta el fanatismo que enceguece y extravía. La Francia entra en la libertad a medida que contrae ese temple realmente viril, es decir, frío. 
   El entusiasmo patrio es un sentimiento peculiar de la guerra, no de la libertad, que se alimenta de la paz. La guerra misma se ha hecho más fecunda desde que ha cambiado el entusiasmo por la ciencia, pero es más hija del entusiasmo que de la ciencia. ¿Por qué vínculo misterioso se han visto hermanadas en la América del Sud las nociones de la Patria, la libertad, el entusiasmo, la gloria, la guerra, la poesía, a que hoy se debe que se traten con tanta pasión las cuestiones públicas que permanecen indecisas precisamente porque no son tratadas con la serenidad y templanza que las haría tan expeditivas y fáciles? No es difícil concebirlo. Vista la patria como fue considerada por las sociedades griegas y romanas, a cuyos ojos era una institución religiosa y santa, la Patria y su culto llenaron los corazones del entusiasmo inexplicable de las cosas santas. Del entusiasmo al fanatismo la distancia no fue larga. La Patria fue adorada como una especie de divinidad y su culto produjo un entusiasmo ferviente como el de la religión misma. En la independencia natural y esencial de la Patria respecto del extranjero, se hizo consistir toda su libertad, y en su omnipotencia se vio la negación de toda libertad individual capaz de limitar su autoridad divina. Así el guerrero fue el campeón de su libertad contra el extranjero, considerado como enemigo nato de la independencia patria, y la gloria humana consistió en los triunfos de la lucha sostenida en defender la libertad de la Patria contra toda dominación de fuera. 
   La guerra tomó así su santidad de la santidad de su objeto favorito, que fue la libertad de la Patria, de la defensa de su suelo sagrado y de la santidad de los estandartes, que eran sus símbolos bendecidos de la patria, su suelo y sus altares, entendidos como los griegos y romanos, en su sentido religioso. Consideradas de ese punto de vista las cosas, la Patria fue inseparable de ellas; el entusiasmo que infundían las cosas santas y sagradas. La Patria omnipotente y absoluta absorbió la personalidad del individuo y la libertad de la Patria; eclipsando la libertad del hombre, no dejó otro objeto legítimo y sagrado a la guerra que la defensa de la independencia o libertad de la Patria respecto del extranjero y su omnipotencia respecto del individuo que era miembro de ella. Así fue como en el nacimiento de los nuevos Estados de Sud-América, San Martín, Bolívar, Sucre, O'Higgins, los Carrera, Belgrano, Alvear, Pueyrredón, que se habían educado en España y tomado allí sus nociones de patria y libertad, entendiendo la libertad americana a la española, la hicieron consistir toda entera en la independencia de los nuevos Estados respecto de España, como España la había entendido respecto de Francia cuando la guerra con Napoleón I. Esos grandes hombres fueron sin duda campeones de la libertad de América, pero de la libertad en el sentido de la independencia de la Patria respecto de España; y si no defendieron también la omnipotencia de la Patria respecto de sus miembros individuales, tampoco defendieron la libertad individual entendida como límite del poder de la patria o del Estado, porque no comprendieron ni conocieron la libertad en ese sentido, que es su sentido más precioso.
    ¿Dónde, de quién podían haberla aprendido? ¿De España, que jamás la conoció en el tiempo en que ellos se educaron allí? Washington y sus contemporáneos no estuvieron en ese caso, sino en el caso opuesto. Ellos conocían mejor la libertad individual que la independencia de su país, porque habían nacido, crecido y vivido desde su cuna, disfrutando de la libertad del hombre bajo la misma dependencia de la libre Inglaterra. Así fue que, después de conquistar la independencia de su Patria, los individuos que eran miembros de ella se encontraron tan libres como habían sido desde la fundación de esos pueblos, y su constitución de nación independiente no hizo cambiar sino confirmar sus viejas libertades anteriores, que ya conocían y manejaban como veteranos de la libertad. La gloria de nuestros grandes hombres fue más deslumbrante porque nació del entusiasmo que produjeron la guerra y las victorias de la independencia de la Patria, que nació omnipotente respecto de sus individuos, como lo había sido la madre Patria bajo el régimen omnímodo del gobierno de sus reyes, en que la Patria se personificaba. La gloria omnipotente de nuestros grandes guerreros de la independencia, como nacía del entusiasmo por la Patria, que había sido todo su objeto, porque la entendía en el sentido casi divino que tuvo en la vieja Roma y en la vieja España, la gloria de nuestras grandes personalidades históricas de la guerra de la independencia de la patria continuó eclipsando a la verdadera libertad, que es la libertad del hombre, llegando el entusiasmo por esos hombres simbólicos hasta tomar a la libertad de sus altares mismos.
   Este es el terreno en que se han mantenido hasta aquí la dirección de nuestra política orgánica y nuestra literatura política y social, en que las libertades de la Patria han eclipsado y hecho olvidar las libertades del individuo, que es el factor y unidad de que la Patria está formada. ¿De dónde deriva su importancia la libertad individual? De su acción en el progreso de las naciones. Es una libertad multíplice o multiforme, que se descompone y ejerce bajo estas diversas formas:
-Libertad de querer, optar y elegir.
-Libertad de pensar, de hablar, escribir: opinar y publicar.
-Libertad de obrar y proceder.
-Libertad de trabajar, de adquirir y disponer de lo suyo.
-Libertad de estar o de irse, de salir y entrar en su país, de locomoción y de circulación.
-Libertad de conciencia y de culto.
-Libertad de emigrar y de no moverse de su país.
-Libertad de testar, de contratar, de enajenar, de producir y adquirir.
         Como ella encierra el círculo de la actividad humana, la libertad individual, que es la capital libertad del hombre, es la obrera principal e inmediata de todos sus progresos, de todas sus mejoras, de todas las conquistas de la civilización en todas y cada una de las naciones. Pero la rival más terrible de esa hada de los pueblos civilizados es la Patria omnipotente y omnímoda, que vive personificada fatalmente en Gobiernos omnímodos y omnipotentes, que no la quieren porque es límite sagrado de su omnipotencia misma. Conviene, sin embargo, no olvidar que así como la libertad individual es la nodriza de la patria, así la libertad de la Patria es el paladium de las libertades del hombre, que es miembro esencial de esa Patria. Pero ¿cuál puede ser la Patria más interesada en conservar nuestros personales derechos, sino aquella de que nuestra persona es parte y unidad     elemental? Por decirlo todo en una palabra final, la libertad de la Patria es una faz de la libertad del hombre civilizado, fundamento y término de todo el edificio social de la humana raza.
Notas:
[1] "Riqueza de las Naciones", por Adam Smith, 1776.        

[2] De Coulanges. "Cité antique”.      

[3] De Coulanges. "Cité anticue”.          

[4] "Cité antique", pág. 415.   

[5] De Coulanges, Libro V. Cap. II.     

[6] "Ensayos de Moral, Ciencia y Estética", por Herbert Spencer.    

[7] Adam Smith. "Riqueza de las Naciones", Libro II, Cap.  V.       

[8] Adam Smith. "Riqueza de las Naciones", Libro V, Cap. I.

Juan Bautista Alberdi (óleo de S. Nogy).


Vicente Fidel López.

domingo, 28 de agosto de 2011

JUAN BAUTISTA ALBERDI Y LAS BASES



Juan Bautista Alberdi (óleo de S. Nogy).
Las Bases (1856).

                                                                                          Por Olsen A. Ghirardi


Siempre me interesó profundamente el pensamiento de Alberdi; especialmente el pensamiento filosófico, porque advertí inmediatamente en él una profundidad y una extensión insólita. Prontamente llegaría a la conclusión, que me permitiría aseverar que Alberdi fue el máximo receptor de la filosofía europea en la primera mitad del siglo XIX y, quizás, de todo el siglo. Más allá de estos estudios sobre esa arista del pensamiento alberdiano, un día alguien me formuló una pregunta que, primero me dejó pensativo, y, luego, me dejó el acicate que me indujo a encontrar una respuesta. La intuición me decía que esa respuesta ya estaba en mí y que sólo me faltaba fundamentarla. En efecto, la interrogación exigía un estudio de las Bases y algunos otros escritos de Alberdi, al par que una incursión por el Derecho Público Anglosajón. Porque la pregunta en eso consistía: “¿Por qué esa preferencia de Alberdi por el Derecho Público Anglosajón?”. ¿Qué son las Bases? Simplemente, son el fundamento racional expresado por escrito de cada uno de los artículos del proyecto constitucional que aparecería en la segunda edición. Es cierto que ese proyecto no estaba incluido en la primera edición, pero, sin lugar a duda alguna, ya estaba en su mente. Y tan ello es así que entre mayo y julio de ese año 1852 –en tan breve lapso- lo redactó y lo hizo público.
Bastante después vendrá la edición de Bezançon (1856-1858), cuando ya se había dictado la Constitución de 1853, edición en la que el polemista desliza duras críticas a la actitud de Buenos Aires. Pero volvamos a los fundamentos del proyecto constitucional. Alberdi se propone fundamentar todos y cada uno de los artículos de esta Carta Magna, inaugurando un método que salvo la distancia cronológica - y no quiero con esto significar que en este punto haya habido influencia del uno sobre el otro- va a seguir Vélez Sarsfield cuando redactará el Código Civil y al pie de cada artículo colocará sus conocidas notas. Es verdad que se difiere en la forma, pero el propósito es muy semejante: se quiere que cada artículo tenga una fundamentación racional, y, al propio tiempo –en el caso de Alberdi- exista un manual a seguir, con indicaciones precisas, acerca de qué debe hacerse, desde el momento en que se elijan los representantes al Congreso constitucional, con las instrucciones del caso, hasta que se dicte la constitución, y aun después de aprobada, con los consejos acerca de la modalidad de su cumplimiento. Todo ello son las Bases y mucho más.
Alberdi tenía por costumbre, cuando había estudiado y dominado un tema, resumirlo con una expresión brocárdica. Y así calificaba a Francia y a Inglaterra: “La cultura es francesa; la libertad es inglesa”. Si se lee toda la producción escrita antes de 1852 se revela la verdad de este aserto.
Tengo para mí que para comprender de manera cabal a un autor no basta leer lo que él ha escrito; es menester también leer lo que él ha leído. Si cumplimos con esta afirmación, nos sorprenderemos advirtiendo que Alberdi, a los dieciséis años, adolescente aún, había leído a Volney y había recorrido con suma atención las páginas de Las ruinas de Palmira. Lo afirmaba él mismo y lo recordaba, como cuando escribió a los veinticuatro años la Memoria descriptiva sobre Tucumán.
Ahí quedaba deslumbrado por el descubrimiento que efectuaba al hacerse conciencia en él, de la mano de Volney, que existía una ley que regía los destinos de la civilización humana. Y, como lo hemos dicho con anterioridad, volcaba en el título de la segunda edición de las Bases esta convicción cuando escribía: Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, derivados de la ley que preside al desarrollo de la civilización de la América del Sud y del tratado del litoral del 4 de enero de 1831 (Imprenta del Mercurio, julio de 1852). No olvidemos que la primera edición fue fechada el 1 de mayo del mismo año.
Decía que Alberdi afirmaba que la cultura es francesa. En verdad, conocía muy bien la historia de Francia, como así la de Inglaterra. Cuando se lee el Fragmento preliminar al estudio del derecho, concluido el 5 de enero de 1837, cuando no había cumplido aún los veintisiete años, es menester no dejar de leer las notas, especialmente, las notas finales, extensos monólogos que enunciaban las reflexiones que le inspiraban los acontecimientos ocurridos en Francia. Todo el proceso revolucionario, desde 1789 hasta la revolución de julio de 1830, pasaba por su conciencia. Es como si tuviera la intuición de que estos hechos históricos, constituían una serie que aun no había concluido.
En 1852 conocerá la revolución de febrero de 1848; pero en 1837 ya había conocido todos los personajes del período de la Restauración, el intento estabilizador de una transición con los Borbones y la esperanza que despierta Felipe Igualdad, ya derribado Carlos X.
Un movimiento liberador se estaba dando en todos los órdenes. Alberdi era particularmente sensible a los movimientos literarios, filosóficos y políticos, y, sin duda, se conmovió su espíritu, como el de todos los jóvenes argentinos de la época, según lo relataba Vicente Fidel López. La “entrada torrencial” de los autores franceses en el Plata es altamente significativa. Victor Hugo y Saint Beuve, Cousin y Quinet, Delavigne y Dumas, eran leídos con entusiasmo. A su vez, las revistas francesas llevaban el ardor al paroxismo. El prefacio de Cromwell (1827) y el de Hernani (1829), cuyo drama se estrenó en 1830 en París, acuñaban el “principio de la libertad literaria”, y permitían a Víctor Hugo afirmar: “A pueblo nuevo, arte nuevo”. Las antiguas reglas de d¨Aubignac, del siglo XVII, habían fenecido. Desde ese instante la cultura literaria francesa había adoptado la libertad de manera rápida y sencilla, a pesar de que no podía decirse exactamente igual cosa de la libertad política, con los hesitantes vaivenes que experimentaba.
En verdad, los jóvenes de la generación del treinta y siete se bañaban en la cultura francesa y se regocijaban con ello. Alberdi era consciente de todo este proceso y conocía en profundidad su origen y su desarrollo.
Pero si quisiéramos sorprender su secreto pensamiento, respecto del Derecho Político, sólo sería necesario leer la carta que dirige al estudiante Lucas González. En efecto, desde Valparaíso, fechaba dicha carta el 16 de abril de 1850 y vertía su opinión acerca del plan de estudios de derecho que mejor le convenía seguir en Europa. Aquí citaré solamente lo que nos interesa. Si bien –recuérdese afirmaba que la cultura, en general, por antonomasia, era francesa, sostenía que la Francia de mediados del siglo XIX aun no había hecho la elección sobre si se decidía por el derecho republicano
o el derecho monárquico. Por eso, le decía a Lucas González, que estaba en Turín (Italia): “No gastaría yo tiempo en estudiar derecho político en Francia”. Y, entonces, ya cuando el instante de escribir las Bases se iba acercando, se inclina por el derecho anglosajón y, especialmente, porque en América “el derecho público es un instinto”. Ya sabía que los publicistas no lo habían estudiado en las
aulas sino en la vida misma. Los americanos del norte habían creado –según Alberdi- “la organizaciónmás perfecta que se conozca de la democracia sin tener escuelas ni autores célebres de derecho”.
Y, si bien se mira, conviene también dar un repaso al artículo que escribe examinando las ideas de Félix Frías, cuando afirmaba que el progreso francés recibe su primer impulso del liberalismo y del progreso británicos. Y, a renglón seguido, trata de demostrar que Voltaire nutre su espíritu de Locke, Pope y Newton; Diderot lee a los autores ingleses; D´Alembert, estudia a Bacon (Francis); Rousseau y Montesquieu se regocijan también con Locke y el derecho público inglés; Mirabeau, Condillac y Cabanis estudian a Locke, Hobbes y a otros autores ingleses; y, finalmente, Guizot y Thiers y Jouffroy introducen en Francia la doctrina y la filosofía política inglesa. Y vienen luego las confesiones palmarias cuando decía que tenía “predilección abierta por todo lo que es inglés” y, más aun, cuando aseveraba que “sin la Inglaterra y los Estados Unidos, la libertad desaparecería de este siglo”.
Es evidente que la libertad es inglesa, en el ánimo de Alberdi. Y, decidido a escrutar el sentimiento religioso en su relación con la libertad, se conmovía encontrando que el catolicismo era también adecuado para su florecimiento, aunque no era la única religión para serle propicio.
Por otra parte, si leemos las Bases, encontramos en ellas que Alberdi conocía la historia de Inglaterra tan minuciosamente como la de Francia. En el capítulo XXXIV de la edición que hemos reeditado, al analizar la política conveniente para después de dada la constitución, recordaba que las cartas o leyes fundamentales de Inglaterra tenían sobrada antigüedad y, como ejemplo, citaba el caso del normando Guillermo el Conquistador, quien, luego de derrotar a Harold –rey inglés- en la batalla de Hastings,
en el año 1066, había otorgado la primera carta el año 1077. Además, la famosa Carta Magna, debida a Juan sin Tierra, databa del 19 de junio de 1215.
Es notorio que toda Carta implica una limitación al poder absoluto del soberano. Concedida la carta con la buena voluntad del Rey, o arrancada por los barones y los clérigos reunidos en el verde prado de Runnymede, de cualquier manera que se lo mire, el acto es siempre una garantía de derechos acordados. En el caso, en todo el documento está implícito que una ley (la carta) está por encima de la autoridad real, que no puede violarla.
Y, el propio Alberdi, siguiendo el derrotero de la historia inglesa, no vacilaba en conceder que, entre los siglos XI y XIV, se dieron las normas que fueron la base del derecho público británico. Las comunidades (los hombres más importantes de los burgos) y los shires fueron convocados en un Parlamento realizado en Londres en 1265, que fue el primer Parlamento representativo de la historia de Inglaterra. Los representantes de las comunidades (o communes) estaban autorizados para acceder o negarse a las demandas de dinero del rey (impuestos) y para exponer ante él y el Consejo los males que deseaban ver corregidos. Fue el origen de la Cámara de los Comunes. Desde ahí en adelante estas asambleas fueron convocadas de manera más frecuente. En realidad, esta modalidad no se basaba en una teoría política: era la propia costumbre transformada en hábito y convertida en norma.
Sin embargo, no debe creerse que todo fue, aun en Inglaterra, miel sobre hojuelas. La libertad tuvo períodos vacilantes. Así, el rey Jacobo I, al comenzar el siglo XVII (1608) tuvo una controversia con Edward Coke, quien aseveraba que Dios y la ley estaban por encima de la autoridad del propio rey, lo que, más tarde, no impidió que rodase una cabeza real.
Adelantando el tema, debe decirse aquí que los hombres de la Revolución Americana estaban fuertemente motivados por los escritos de Coke (Coke´s Institutes). En consecuencia, toda constitución, en la inteligencia de Hamilton, debía ser entendida como una limitación a los poderes del gobierno. Pero la interpretación de sus disposiciones correspondía, indefectiblemente, a las Cortes de Justicia. De ahí que el famoso Juez de la Suprema Corte, desde 1801 hasta 1835, John Marshall, solía decir que “la verdadera esencia de la tarea judicial, era determinar la constitucionalidad”.
El siglo XVII marcó todo un hito en la historia política inglesa y, a fines de ese siglo, consumadas las revoluciones que lo caracterizaron, John Locke, el pensador inglés, escribió, en el orden político, su famoso Dos tratados sobre el Gobierno del Gobierno Civil y, en el orden filosófico, su Ensayo sobre el entendimiento humano, obra que inicia otro ciclo y moldea el llamado empirismo inglés de la época moderna.
Esos fueron los fundamentos ingleses que, mutatis mutandi, evocaba Alberdi. Pero, antes de 1852, había llegado a sus manos una obra realmente importante. Se trataba nada menos que la traducción francesa del libro de Joseph Story, que tenía como título Commentaire sur la Constitution Fedérale des Etats-Unis (Paris, Joubert, 1843, 2 tomos, 390+499 páginas). Story la había escrito en 1833, siendo juez de la Suprema Corte de los Estados Unidos (1811-1845), sitial que ocupó gracias al nombramiento que hiciera J. Madison. Fue también profesor en Harvard y tenía un extraordinario prestigio.
Por su parte, Paul Odent, abogado de la Corte Real de París, después de haber sido un integrante del Consejo del Rey y de la Corte de Casación de Francia, tradujo la obra diez años después de haber sido editada en lengua inglesa.
Esa traducción circuló por América del Sur, ya que la tuvieron en sus manos Dalmacio Vélez Sarsfield en nuestro país y Alberdi en Chile.
Más tarde, ya después de haber sido sancionada la constitución de 1853, Nicolás Calvo la traduce al español para la “Reforma pacífica de Buenos Aires”, en 1860. De ella se hacen por lo menos tres ediciones y se caracteriza como traducción del comentario abreviado de J. Story por Paul Odent. Su título completo: “Comentario sobre la constitución federal de los Estados Unidos precedido de una revista sobre la historia de las colonias y de los estados antes de la adopción de la constitución". (Esta obra puede ser consultada en la Biblioteca Mayor de nuestra Universidad).
Siguiendo con el punto –y esto ya es una digresión- en la biografía de Rafael García escrita por Henoch Aguiar (Anales, fs. 39 a 191, año II, 1944, cap. IX, “García, abogado, magistrado”) se lee que Rafael García estaba familiarizado con esta traducción. El comentario abreviado es citado como parte de la doctrina que se asienta en fallos, en la segunda mitad del siglo XIX (págs. 146 y 149).
Todo esto demuestra la influencia que Story ha ejercido en el extremo sur de la América del sur. Joseph Story escribió su famoso Comentario cuarenta y seis años después de haberse aprobado la Constitución de los Estados Unidos. En ese plazo, de casi medio siglo, el mecanismo constitucional funcionó a las mil maravillas, quizá –eso sí- con algunas enmiendas. No sólo un comentario; es la historia del nacimiento de un pueblo, de una nación; es el origen y el desarrollo de un ente político, devenido la Unión por antonomasia, con sus maneras de vivir y su idiosincrasia, sus costumbres y sus peculiaridades transformadas en normas fundamentales. Es la experiencia misma de la vida hecha ley de la comunidad. Por eso describe el nacimiento y las vicisitudes de las trece primitivas colonias norteamericanas.
Story manifiesta que la Unión es un resultado y no el comienzo. Por eso, es preciso conocer las dificultades domésticas y políticas de los colonos que fundaron la Nación. A través de ellas podían ser conocidas las costumbres, las opiniones, los juicios y los prejuicios de cada uno de los pueblos, muchos de los cuales –zanjadas judicialmente las controversias- pasaron a constituir la Constitución de la Unión.
Quizá sea necesario decir que el título de la Gran Bretaña sobre las tierras americanas se basaba en el hecho del descubrimiento. La prioridad del descubrimiento confería un derecho exclusivo de la posesión del territorio. Esta circunstancia generó una relación peculiar entre los Estados europeos y los habitantes indígenas. De ahí que el habitante del suelo fuera contemplado como una persona que ocupaba legalmente el territorio y comenzó a gozar del mismo derecho que el ciudadano. Uno de los primeros asentamientos estables se realizó en el territorio que conformaría el Estado de Virginia. Ese establecimiento permanente recibió una carta otorgada por Jacobo I a Thomas Gates y sus asociados. Por ella se otorgaba el poder legislativo y ejecutivo a un consejo, que era designado por la corona. Pero eso no satisfizo a los colonos. Pronto reclamaron los mismos derechos que gozaban en su patria. Para calmar los ánimos, la autoridad inglesa convocó a los representantes de las plantaciones y se permitió, de esa manera, que los colonos ejercieran verdaderas funciones legislativas. Ese fue el origen de la primera legislatura de representantes que funcionó en el norte de América.
Es verdad que el eje del poder osciló y sufrió vaivenes. Finalmente, quedó claro que, en materia civil y eclesiástica, la colonia estaría sometida a las mismas leyes que Inglaterra. Pero, en el orden local, se elegirían representantes de los colonos que, con el gobernador y su consejo, debían formar una asamblea con facultades legislativas.
El segundo asentamiento estable residió en Plymouth y ahí se fundó lo que sería Nueva Inglaterra. En 1628 el rey Carlos concedió una carta a ciertos asociados, que se constituyeron en cuerpo político bajo el nombre de “gobierno y compañía de Massachusetts en Nueva Inglaterra”. La compañía podía reunirse en asamblea general cuatro veces al año. Comenzó a ser costumbre que las asambleas generales admitían a los hombres libres y aprobaban las leyes y ordenanzas para el bien y ventajas de la compañía, siempre que no fuesen contrarias a las leyes inglesas. No hay duda que los poderes fueron extensos y privilegiados. Como dato adicional debe expresarse que la asamblea general, debía reunirse todos los años y se constituía con propietarios de cierta significación. Así se constituían las cortes de justicia, se fijaban las tasas y se aprobaban las leyes y ordenanzas necesarias para la comunidad. Existía la libertad de conciencia, pero no para los papistas.
El descripto –poco más poco menos- fue el proceso que siguieron también las otras colonias inglesas.
Es verdad que hubo vaivenes, semejanzas y diferencias. Hubo desmembramientos y separaciones.
Conviene, sin embargo, dejar aclaradas algunas otras particularidades. El territorio que después sería Pensilvania, tuvo la carta lograda por William Penn, que fue la base de la Constitución adoptada en Filadelfia en 1776. Esta ciudad, la capital, fue la sede del Congreso y ahí se proclamó la independencia y la sede de la convención federal convocada en 1787.
Un párrafo especial merecen las dos Carolinas. Se sostiene que la constitución fue elaborada por el filósofo y político inglés John Locke (1632-1704), que he citado más arriba, cuyas obras fundamentales fueron publicadas entre 1880 y 1890. Dicha constitución fue un verdadero fracaso y fue abrogada en 1693. La obra del filósofo no pudo competir con la experiencia de los colonos que preferían las costumbres transformadas en normas.
En suma, había una regla general que la práctica confirmaba: la ley común era el primer derecho y la herencia de cada habitante de las colonias, que los primeros colonos llevaron con ellos al emigrar, con la reserva de que esas leyes debía aplicarse respetando la situación local, esto es, el ahora y el aquí.
Vuelvo a insistir: no obstante diferencias de organización, las colonias tenían, en cuanto a la forma de gobierno, ciertas semejanzas, pues gozaban de los mismos derechos y privilegios de todo súbdito inglés, pero sus leyes locales no podía oponerse a las leyes inglesas. Esa era, sin duda, una limitación del poder legislativo. Por otra parte, bien vale repetirlo, los colonos tenían el derecho del sufragio para elegir libremente sus representantes, que dictaban sus leyes locales.
Además, las colonias no tenían ninguna relación directa entre ellas y cada una era independiente de las otras. Necesitaban del consentimiento de la corona para constituir uniones y alianzas. Story afirma que, por intereses de defensa mutua, existió algo así como una confederación. ¿Cómo llegaron a constituir la Unión? Pues, ciertos acontecimientos provocados por la ingerencia del Parlamento inglés, que necesitaba fondos, provocaron la reacción cada vez más airadas de las colonias. En 1774 los colonos de Massachusetts convocaron un congreso continental, que se constituyó con representantes del pueblo y que se reunió en Filadelfia. De ello surgió el gobierno revolucionario que subsistió hasta la instalación del gobierno federativo de 1781. En el año 1776 el congreso declaró la independencia. A partir de este momento Story afirma que las colonias ya formaron una nación, que tenía un gobierno central que obraba con el consentimiento general del pueblo de todas las colonias. Pero hubo problemas graves y duros litigios entre ellas que casi, en alguna ocasión, generó una guerra.
La confederación tuvo vida mientras duró la guerra de la independencia. Fue recién en 1787, cuando un congreso reunido en Filadelfia aprobó una constitución nacional. El 4 de marzo de 1789 George Washington fue elegido presidente, de acuerdo a la nueva constitución federal.
Con relación a las normas contenidas en la nueva constitución hubo algunas discrepancias. Jefferson objetó la falta de una declaración de derechos y la ausencia de disposiciones sobre la libertad religiosa y de prensa. Ese problema se subsanó con enmiendas. A esta altura Story se formula una pregunta: ¿cuál fue la naturaleza de la constitución federal? Fue ¿un contrato, una alianza, una transacción, un tratado, una convención? Y su respuesta: “fue el resultado de transacciones en las cuales las consecuencias lógicas de la teoría habían debido ser sacrificadas a los intereses y a los prejuicios de ciertos Estados”. En suma, fue una obra humana y tuvo un doble carácter: gobierno federal en algunos casos; en otros, gobierno sobre los individuos. Pero también se dio algo de capital importancia: el derecho de interpretación de la constitución se reservó expresamente para el poder judicial, sin ninguna limitación en cuanto a la validez de la decisión. Para decirlo con más claridad: El poder judicial de los Estados Unidos es el intérprete definitivo, en última instancia, de todas las dificultades que se presentasen y que tuviesen carácter judicial. Quedaron fijados, por otra parte, los principios fundamentales sobre los cuales se basaba la organización del gobierno. Es decir, existían y coexistían tres grandes poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Los poderes se hallaban divididos y ejercidos separadamente por distintos funcionarios y cada poder constituían un departamento separado. El gobierno es mixto, los poderes no son hereditarios y se ejercen como poderes delegados, siendo los funcionarios elegidos mediante elecciones. En las repúblicas representativas todos los poderes emanan del pueblo y, generalmente, se ejercen por un determinado período, después del cual revierten al pueblo. Story quiere, de manera expresa, destacar que la convención constituyente partió de una primera proposición: “es necesario establecer un gobierno nacional, compuesto de los poderes legislativo, judicial y ejecutivo”. Y esto no era una nueva teoría. El pueblo había abrazado una verdad práctica que servía como base de su organización.
Conjeturo que Alberdi leyó a Joseph Story en la traducción de Paul Odent. Como se dijo con anterioridad, el jurista del norte comenzaba estudiando el origen de las trece colonias norteamericanas. Las instituciones políticas iban naciendo a medida que se desarrollaban los pueblos, conforme sus tradiciones, su tiempo y su lugar. Nada de teorías. La vida misma, la propia experiencia, se plasma en normas y sellaban el origen de las instituciones. Alberdi se encuentra con un país que había declarado la independencia y había puesto un hiato de más de treinta años, aun si tomamos la fecha del año 1820, sin haber logrado dictar una Constitución nacional. Mientras tanto, las demás naciones hispanoamericanas habían dictado sus propias constituciones. En consecuencia, Alberdi –siguiendo un método semejante al de Story- hizo un análisis de todas esas constituciones. Decía que Story tomaba como punto de partida la experiencia, de alguna manera un camino inductivo, al buen estilo inglés, cuando sus filósofos afirmaban que la experiencia nos marca el comienzo de todo conocimiento. El origen, siempre el origen, con un inicio puntual, singular. La conducta política, los actos que se repiten y que se remontan hacia las instituciones, que no son sino conductas cristalizadas. Alberdi, por su parte, tuvo como punto de partida, un apotegma que había aprendido en su adolescencia y que lo reveló en el título que la segunda edición de Valparaíso mostraba: “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, derivados de la ley que preside al desarrollo de la civilización en la América del Sud”. En el momento inicial, para pensar una constitución, la elección pareciera no ser la experiencia pura sino, por el contrario, una expresión de significado universal. Nos habla, en definitiva, de una ley que rige la evolución de la humanidad. Esa concepción era la de Volney que Alberdi leyera en sus años jóvenes (1826/1827) cuando tuvo en sus manos Las ruinas de Palmira. Volney, que se encuentra citado en la Memoria descriptiva sobre Tucumán (1834). Volney que es recordado en su Autobiografía, en primer término, de una lista de aproximadamente cuarenta autores. Y las leyes que rigen la evolución de los pueblos –decía- son “leyes naturales, regulares en su curso, consecuentes en sus efectos, inmutables en su esencia”. El entusiasmo de Alberdi se agiganta ante todos los pensadores de la evolución progresiva, como Condorcet, Jouffroy, Pierre Leroux y algunos otros. La ley de expansión de los pueblos implica utilizar y explotar el suelo que el desierto conserva para el atraso. Ese desierto debe ser poblado, como paso inicial. Tiene Alberdi, al respecto, párrafos contundentes: “Esta es la ley capital y sumaria del desarrollo de la civilización cristiana y moderna en este continente; lo fue desde su principio, y será la que complete el trabajo que dejó embrionario la Europa española”.
Con esto el camino quedaba marcado. De esa ley capital debían derivarse todas las que signaban el “ahora” y el “aquí” de nuestros pueblos. Sugestivamente Alberdi pasa revista a todas las constituciones latinoamericanas. Su crítica principal se cierra –como es muy conocido-- en las restricciones a la inmigración –especialmente, debido a cuestiones religiosas- y a la naturalización de los extranjeros.
Pero Alberdi se regocija con la Constitución de California de 1849 cuando afirma que estableció un gobierno de “tolerancia y de progreso” porque legisla para el habitante, sin distinciones de ninguna naturaleza. "Los californianos reconocieron al habitante los privilegios y prerrogativas del ciudadano en lo que hace a la libertad civil, a seguridad personal, a inviolabilidad de la propiedad, de la correspondencia y papeles, del hogar, del tránsito, del trabajo, etc.”. Aun más: se le reconocen también los derechos de adquisición hereditaria y la seguridad del valor de los contratos.
Elogia también Alberdi el fácil ingreso del extranjero a la Cámara de Senadores y de Diputados y la posibilidad de los matrimonios mixtos (casamientos con extranjeros).
Alberdi tiene una teoría. Las restricciones de las constituciones hispanoamericanas se justificaban cuando las naciones luchaban por su independencia porque era la hora de la espada. En 1852 ésta ha concluido. Recuérdese que la batalla de Ayacucho se había dado en 1824. El fin, el objetivo primordial ha cambiado y cuando se pregunta “¿cuál es el fin de las constituciones de hoy?”, la respuesta es obvia: “Ellas deben propender a organizar y constituir los grandes medios prácticos de sacar a la América emancipada del estado oscuro y subalterno en que se encuentra”. ¿Y cuáles son los grandes medios prácticos? Pues, simplemente: la inmigración libre, la libertad de comercio, los ferrocarriles, la industria sin trabas, la navegación de los ríos. Desde ahí Alberdi infiere las demás normas que coadyuvan al fin en el que todas confluyen. Quizá queda una decisión fundamental: la forma de gobierno que el país necesita. Si recordamos el título que lleva la segunda edición, advertiremos que concluye con la siguiente expresión: “y del tratado del litoral del 4 de enero de 1831”, fórmula que se consolidará con el acuerdo de San Nicolás del 31 de mayo de 1852. Como se ve, el constitucionalista no desdeña tampoco la experiencia. Si bien parte de un principio general, burilado por la filosofía europea, para el “ahora” y el “aquí” la experiencia es una fiel brújula confiable. Por eso, la forma de gobierno surge de la necesidad local y no es una simple imitación de legislaciones extranjeras. La federación mixta es la indicada, pues se debe buscar la “fusión parlamentaria en el seno de un sistema mixto que abrace y concilie las libertades de cada provincia y las prerrogativas de la nación”.
Y, como para que no queden dudas concluye: “La soberanía local –derrocado el Virrey- tomó entonces el lugar de la soberanía general acéfala; y no es otro, en resumen, el origen inmediato del federalismo o localismo republicano en las provincias del Río de la Plata”.
Alberdi se cura en salud y afirma que su solución no es una copia servil. El sistema mixto es practicable “por la división del cuerpo legislativo general en dos cámaras”: una, representa a las provincias, es decir, la soberanía local; la otra, representa al pueblo de toda la República, sin tener en cuenta las localidades, como si todas las provincias formasen un solo Estado Argentino.
Si observamos bien los objetivos que tuvieron Alberdi y Story no son idénticos; el primero, escribía para el futuro, cuyo fin inmediato era dar una Carta Magna a una nación y se propuso fundamentar cada norma con las razones que tenía para proponerla; el segundo, escribió el proceso histórico que condujo a los Estatutos Unidos a dejar constituida la Unión bajo el cielo de una sola norma fundamental.
Es probable –y es la creencia que aquí se enuncia- que Story haya influido en Alberdi más de lo que se ha pensado hasta ahora y de lo que a primera vista se evidencia. La breve relación y el análisis que Alberdi hizo de cada constitución de las naciones hispanoamericanas, aparece inspirado por Story, en cuanto señala el camino histórico que siguió cada una de las trece colonias, núcleo inicial del país del Norte. Además, nuestro conciudadano sigue muy de cerca a Story cuando éste hace la defensa de la necesidad de constituir la unión de las provincias mediante una constitución general y un gobierno central. Pero, no obstante ser ello de capital importancia, el otro fin inmediatamente buscado por Alberdi, es el de poblar el desierto. Para lograr ese anhelo, es menester que la constitución establezca derechos y garantías de progreso. ¿Cuál es el sujeto, el destinatario de ese objetivo? Simplemente, el ciudadano. El habitante. Las provincias, las trece colonias norteamericanas lo había señalado. La constitución de California lo había confirmado. Alberdi desde el mismo preámbulo se dirige al habitante, a toda persona que ocupara el suelo. De ahí que fijara los derechos naturales de sus habitantes. Todo el cuerpo constitucional otorga derechos, más que a los ciudadanos, a los habitantes del país, sin distingos. Y la conclusión se impone: Las declaraciones derechos y garantías comprenden a todos los habitantes, a todos los que están pisando el suelo argentino.

Joseph Story.

Si se leen el Fragmento y el Discurso, ambos de 1837, se adquiere la convicción de que las ideas fundamentales ya estaban en su mente en aquel entonces, pues decía: “El desarrollo es el fin, la ley de toda la humanidad: pero esta ley también tiene sus leyes. Todos los pueblos se desarrollan necesariamente, pero cada uno se desarrolla a su modo: porque el desenvolvimiento se opera según ciertas leyes constantes, en una íntima subordinación a las condiciones de tiempo y espacio. Y como estas condiciones no se reproducen jamás de una manera idéntica, se sigue que no hay dos pueblos que se desenvuelvan de un mismo modo. Este modo individual de progreso constituye la civilización de cada pueblo, pues, tiene y debe tener su civilización propia, que ha de tomarla en la combinación de la ley universal del desenvolvimiento humano, con sus condiciones individuales de tiempo y espacio”. El joven filósofo pensó quince años antes lo que el constitucionalista escribiría después. Para concluir, debe decirse que Odent condujo a Alberdi a un encuentro con Story. Pero el conocimiento de Story sazonó lo que la cultura filosófica y política de Alberdi lleva en sus alforjas desde su adolescencia y su juventud. Al jurista de cuarenta y un años se sumaba el filósofo de veintiséis para producir el pedestal que constituyó nuestro país.


Fuente:

www.acaderc.org.ar (28/8/2010)
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