Juan Felipe Ibarra. |
Imperio Británico. |
Las reclamaciones de diversos súbditos británicos contra actos de algunos gobiernos de provincia ocuparon también la atención de las autoridades porteñas. La reclamación, en todos los casos, era formulada por el ministro británico ante el gobierno encargado de las relaciones exteriores, quien solicitaba informe al respectivo gobierno provincial, para luego probablemente dar cuenta del mismo al representante extranjero. La autorización para el manejo de las relaciones exteriores era otorgada por leyes de las legislaturas locales, generalmente a petición del respectivo Poder Ejecutivo.
Pero en algunos casos, fue directamente el gobernador el que expidió la autorización, en razón de no estar integrada la legislatura (Santiago del Estero y Salta). Juan Felipe Ibarra en su defensa de la soberanía provincial hizo frente a un reclamo del ministro plenipotenciario inglés por agravios que se habrían inferido en Santiago del Estero, al ciudadano Percy S. Lewis.
Manuel V. Maza, gobernador delegado de la provincia de Buenos Aires, dio traslado de la protesta a Ibarra en nota del 27 de noviembre de 1832, donde solicitaba: "Practicadas las investigaciones correspondientes se determine sobre la indemnización de perjuicios y satisfacción por agravios personales que reclama dicho súbdito". El presunto damnificado había tenido alguna participación en las luchas intestinas al producirse la invasión de Lamadrid a Tucumán.
Un hermano, el médico Guillermo Lewis, era pariente de la familia Frías y ejerció su profesión en las filas unitarias. La reacción del caudillo santiagueño era corriente: el embargo de los bienes del médico y su detención.
Ibarra al contestar el requerimiento porteño decía el 22 de diciembre de 1832: "Sería muy fácil desvanecer el grosero tejido de imposturas con que ese atrevido extranjero no ha tenido reparo en abusar de la bondad de S.E.". Y dilucidaba las medidas de fuerza tomadas contra el denunciante, al actuar éste, en "una guerra desoladora contra esta provincia".
Remataba este asunto con esta afirmación contundente: "Haga entender al Excmo. Señor Ministro Plenipotenciario de S.M. Británica, que el gobierno de Santiago siempre dispensó las debidas consideraciones a los súbditos británicos, no sólo en fuerza de los tratados existentes, sino en conformidad al derecho común de las naciones que le es muy conocido; pero que al mismo tiempo estuvo dispuesto (y lo estará en todo caso) a reprimir y castigar a cualesquiera extranjero que, contra el mayor de sus deberes, tratasen de ingerirse en las cuestiones domésticas del país que los abriga". Según Luis C. Alén Lascano esta nota reflejaba el carácter del federalismo local que interpretaba Ibarra.
Manuel Vicente Maza. |
Alén Lascano, Luis, Juan Felipe Ibarra y el federalismo del norte, Buenos Aires, A. Peña Lillo, 1968.
Tau Anzoátegui, Víctor, Formación del Estado Federal Argentino (1820-1852). La intervención del gobierno de Buenos Aires en los asuntos nacionales, Buenos Aires, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Instituto de Historia del Derecho Ricardo Levene, 1965.
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